Notas sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura sobre la demanda de RENFE presentada contra la Junta de Extremadura referente al cumplimiento de los pagos realizados por los servicios ferroviarios regionales. Acompaña la resolución de la sentencia, en la cual la empresa se basa en el acuerdo del 30 de marzo de 1995; mientras la Junta alega el no recibimiento de los proyectos necesarios a la vez que denuncia los capítulos del acuerdo de 1996, debido a incumplimientos por parte de RENFE.
El fallo considera que aunque la Junta no elaboró el "Plan de actuación ferroviaria en Extremadura", RENFE continuó prestando servicios deficitarios, abordando la cuestión de la responsabilidad de la Junta al consentir la prestación del servicio, lo que implica la aceptación de la contraprestación por parte de la Administración.